Titulares

jueves, 14 de mayo de 2020

En R. D. la mujer logra paso de avance en la participación política gracias a la Sentencia 091-2019 del TSE


SANTO DOMINGO, D. N. REP. DOM.

La mujer dominicana ha logrado un gran paso de avance con relación a su participación política dentro de las organizaciones políticas. 

La solidez de esa conquista fue adquirida tras la Sentencia 104-2020 del Tribunal Constitucional que ratifica la sentencia de Principios del Tribunal Superior Electoral (TSE-091-2019) en donde la jurisdicción electoral estableció que la proporción de género debe determinarse por demarcación y no de la propuesta nacional. 

Para tomar esa decisión el Tribunal Superior Electoral se basó en la interpretación más favorable a la participación equitativa de hombres y mujeres, por el carácter progresivo en la protección de los derechos. 

De igual modo se respetó el ejercicio del derecho de reserva de los partidos políticos la indicada proporción.

Este martes el Tribunal Constitucional publico la sentencia TC/0104/20, mediante la cual rechaza un -recurso de revisión de sentencia de amparo y a su vez, confirma la sentencia TSE-091-2019, dictada por el Tribunal Superior Electoral. 

Esta sentencia del TC no solo rechaza el recurso de revisión, sino que, y quizás lo más importante viene a confirmar o ratificar el criterio sostenido de forma primigenia por el TSE en la aludida sentencia 091-2019. 

Esto, debido a la interpretación más acorde al carácter progresivo de los derechos de participación política de las mujeres, es aquella según la proporción de género en la presentación de las candidaturas tiene que cumplirse por cada demarcación o circunscripción electoral y no de la propuesta nacional. 

Estas sentencias constituyen una conquista para los derechos de las mujeres que participan de política partidista. 

Sin lugar a dudas que el Tribunal superior Electoral está contribuyendo a construir una democracia con visión inclusiva y progresiva.

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