Diario Azua / 11 de mayo 2026
SANTO DOMINGO. – El Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana envió un mensaje contundente contra la rigidez procesal al anular una sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que había declarado inadmisible un recurso por el simple uso incorrecto de una palabra.
El conflicto jurídico se centra en el derecho a la tutela judicial efectiva. La Primera Sala de la Suprema Corte había rechazado conocer un recurso de casación interpuesto por la empresa Centro Comercial Los Polancos, S.A., debido a que sus abogados solicitaron "revocar" la sentencia en lugar de pedir que fuera "casada". Según la SCJ, como tribunal de casación, no tiene la facultad técnica de "revocar", lo que motivó el cierre del caso sin siquiera analizar el fondo.
Una decisión "irrazonable" Sin embargo, mediante la sentencia TC/0262/26, el Tribunal Constitucional calificó la postura de la Suprema como un "excesivo rigor semántico". Para los magistrados del TC, declarar la inadmisibilidad de un proceso por un tecnicismo gramatical constituye una barrera desproporcionada que vulnera el debido proceso.
"Se trataba de una cuestión subsanable, pues tanto las motivaciones como los demás pedimentos estaban correctamente dirigidos al tribunal", establece el fallo del Tribunal Constitucional.
Antecedentes del caso El litigio original data de una disputa comercial por una deuda en dólares entre Centro Comercial Los Polancos y la entidad Vitusa Corp. Tras años de recorrido en los tribunales de primera instancia y apelación, el caso llegó a la máxima instancia judicial, donde se estancó por la interpretación restrictiva de la palabra "revocar".
Con esta nueva decisión, el TC reitera su precedente de que las formas procesales no pueden estar por encima de la justicia material. Ahora, la Suprema Corte de Justicia se verá obligada a conocer nuevamente el recurso, garantizando así el derecho de la parte recurrente a ser escuchada.
Este fallo se suma a otros precedentes recientes, como la sentencia TC/1661/25, donde la alta corte ya había advertido que el "formalismo extremo" no debe ser utilizado para limitar el acceso de los ciudadanos a los tribunales.

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