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martes, 2 de febrero de 2021

Ojo, en instituciones gubernamentales les están cerrando las puertas a los periodistas

 


El atropello a que han sido y son sometidos periodistas y comunicadores en distintas instituciones gubernamentales dice mucho de los que como aves de paso tienen un cargo gubernamental.

La excusa de que van a requerir servicios de grupos expertos externos a las instituciones, es una forma de buscar hacer contrato, con lo cual gana el funcionario y pierde la institución.

No es que los periodistas, comunicadores, fotógrafos, camarógrafos, locutores, editores y técnicos estén mendigando, no, simplemente es que son una columna importante en cada institución gubernamental donde lo que haga o deje de hacer es de interés para la colectividad, para el pueblo que paga sus impuestos.

Es una forma de repartir un pastel donde se les hace daño a muchas mujeres y hombres valiosos, que ven como tristemente se les va de las manos un espacio donde pueden poner a generar su talento en el pedregoso mundo de la comunicación.

Tenemos la Ley 10-91 a la cual empresarios y gobierno no toman en cuenta y la contra parte el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) que roto en pedacitos marcha como hoja seca que el viento se lleva donde quiere hasta lograr su desgaste mientras sus miembros se pierden en nimiedades.

El periodista es otro peregrino que no tiene quien le escriba y los más osados e interesados por mantener al CDP con vida no pueden ponerse de acuerdo para marchar como un solo hombre hacia un objetivo.

Si el gobierno invierte, por ejemplo mil millones de pesos en publicidad, alguien pagó y alguien facturó y cobró, y la Ley 10-91 establece en su articulo 21 y siguientes:

Art.21- Los medios de comunicación, tanto impresos como electrónicos, harán una contri­bución mensual al Instituto de Previsión y Protección del Periodista, equivalente al me­dio por ciento (0.5 %) de lo que perciban mensual­mente por la publicidad pagada que divulguen.

Art.22. – En el caso de programas arrenda­dos en radio y televisión y que tengan publici­dad, la contribución mensual, así como otras dispuestas por esta ley, correrán a cargo del arrendatario del espacio. En los contratos de arrendamiento o participación se dispondrá la forma en que el arrendatario pagará al medio, que hará el pago conjuntamente con los que le corresponden a este último.

Art.23. – El pago de la contribución de cada mes se hará al Instituto de Previsión y Protec­ción del Periodista en la última semana del mes subsiguiente, vía el Colegio Dominicano de Periodistas, el cual depositará la totalidad de la contribución en la cuenta del Instituto. Este último, en un plazo de 72 horas, hará efectivo al Colegio el porcentaje que le co­rresponde de acuerdo a lo que estipula esta ley.

Art.24.- El 80 por ciento de las contribucio­nes obligatorias de los medios informativos, tanto escrito como electrónicos, y de los arrendatarios de espacios de radio y televisión será destinado al Instituto de Previsión y Pro­tección del Periodista. El restante 20 por cien­to será transferido al Colegio Dominicano de Periodistas, para las actividades educativas y sus gastos habituales.

Dónde está la mayor dificultad para percibir esos recursos que establece la Ley10-91, en que el descuento de la publicidad pagada no se hace a través de la DGII para evitar de esa forma que lleguen a las cuentas de las empresas de comunicación, por eso es necesario entre otras cosas una reforma a dicha ley, donde también se incluya el aspecto digital.

Entonces viendo esa situación se hace necesario que los comunicadores tengan sus espacios en las instituciones gubernamentales, porque se ve hasta un tanto contraproducente que el presidente Luis Abinader copropietario de varias universidades donde se han formado más de mil 500 comunicadores sea en un gobierno suyo que cierren departamentos de comunicación en la instituciones del Estado.



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